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Análisis Jurídico

¿Qué NO pueden hacer los servidores públicos?

Conozca las principales restricciones que tienen los servidores públicos durante el periodo electoral, las conductas prohibidas, las actuaciones permitidas y recomendaciones para evitar faltas disciplinarias.

3 min de lecturaRendón Abogados
¿Qué NO pueden hacer los servidores públicos?

Estas conductas están prohibidas en general durante todo el año, pero su vigilancia y control se intensifican durante los periodos electorales. El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones disciplinarias como destitución, suspensión, inhabilidad para ejercer cargos públicos e incluso investigaciones penales, según la conducta realizada.

¿Qué NO pueden hacer los servidores públicos?

  • Utilizar el cargo o la posición para participar en actividades de partidos, movimientos políticos o controversias electorales.

  • Difundir propaganda electoral a favor o en contra de candidatos, partidos o movimientos, incluyendo redes sociales, publicaciones oficiales y correos institucionales.

  • Realizar manifestaciones públicas o declaraciones a favor o en contra de alguna opción política utilizando el cargo.

  • Acosar, presionar o inducir a subalternos, contratistas o particulares para respaldar campañas políticas, votar por determinado candidato o participar en actividades proselitistas.

  • Utilizar recursos públicos como vehículos oficiales, computadores, papelería, sedes institucionales o personal durante la jornada laboral para actividades políticas o electorales.

  • Utilizar información reservada o privilegiada obtenida en razón del cargo para favorecer o perjudicar campañas políticas.

  • Exonerarse del cumplimiento de sus funciones para participar en actividades políticas.

  • Realizar contratación directa en la Rama Ejecutiva durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial, desde el 31 de enero de 2026 hasta la eventual segunda vuelta, salvo las excepciones legales.

  • Suscribir convenios interadministrativos desde el 8 de noviembre de 2025 hasta la elección presidencial, salvo las excepciones previstas en la ley.

  • Vincular nuevo personal a la nómina estatal en la Rama Ejecutiva durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial cuando ello implique incremento del gasto público.

Nota importante: Gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, gerentes y directores de entidades descentralizadas tienen restricciones adicionales desde noviembre de 2025 relacionadas con inauguraciones, anuncios de obras y eventos que puedan interpretarse como promoción personal o política.

¿Qué SÍ pueden hacer los servidores públicos?

  • Ejercer libremente su derecho al voto de manera secreta.

  • Afiliarse libremente a un partido o movimiento político sin utilizar el cargo para ello.

  • Participar en consultas internas de su partido político cuando corresponda.

  • Expresar opiniones políticas en su vida privada sin utilizar símbolos institucionales, recursos públicos o canales oficiales.

  • Participar en actividades políticas fuera del horario laboral y sin vincular su calidad de servidor público o ejercer influencia derivada de su cargo.

  • Los congresistas, diputados y concejales, por tratarse de servidores de elección popular, cuentan con mayores posibilidades de participación política dentro del marco constitucional y legal.

Recomendaciones prácticas para evitar faltas disciplinarias

  • Separar completamente las actividades personales de las funciones públicas.

  • Evitar utilizar cuentas institucionales, correos oficiales, vehículos, oficinas o cualquier recurso del Estado para actividades políticas.

  • Actuar con prudencia en redes sociales y abstenerse de realizar publicaciones que puedan interpretarse como apoyo o rechazo a candidatos durante el periodo electoral.

  • Evitar comentarios, invitaciones o cualquier tipo de presión relacionada con preferencias electorales dentro del ambiente laboral.

  • Consultar previamente con la oficina jurídica o con un profesional especializado cuando existan dudas sobre la legalidad de una actuación.

  • Tener presentes las restricciones establecidas para el proceso electoral de 2026, especialmente aquellas derivadas de la Ley de Garantías.

Conclusión

Cumplir estas disposiciones no solo evita investigaciones disciplinarias o eventuales responsabilidades penales, sino que fortalece la transparencia, la imparcialidad de la administración pública y la confianza de los ciudadanos en las instituciones democráticas.

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